Prisión preventiva a individuo por abuso sexual agravado

El 09 de agosto del 2013 cuando una menor se encontraba en su domicilio en San Pedro Pochutla Oaxaca, llego el imputado PEDRO ALBERTO ORTIZ  MARCIAL (A) EL BRUJO, quien le pidió permiso a  la madre de la menor para que fuera a la ciudad de Oaxaca; esta asintió y la víctima y el ahora indiciado viajaron  en una camioneta  a  la ciudad de Oaxaca,  saliendo de  Pochutla  aproximadamente a las  once  de  la noche.

En el trayecto el imputado comenzó a ingerir mezcal y después de haber viajado aproximadamente una hora y circular por Candelaria Loxicha Pochutla, el imputado comenzó a tocar las partes de la menor, primeramente la menor no hizo nada por el temor hacía el hombre, quien por la cercanía familiar con la victima incluso la golpea, hasta que finalmente le quito las manos de encima para que ya no la siguiera tocando.

Menor acude a su tía para denunciar a agresor

Al retornar la menor a San Pedro Pochutla, comento a su madre lo ocurrido, quien no le hizo caso por la relación que su familia tiene con el imputado, por lo que la menor acudió con su tía, quien la acompaño a denunciar los hechos ante el fiscal de Pochutla.

Con la  denuncia y los  dictámenes periciales, el fiscal solicito  el libramiento de la orden de  aprehensión en contra  de ORTIZ  MARCIAL, la cual fue obsequiada el 29 de octubre del 2013 por  el Juez  de Garantías,  ejecutándose dicha orden el día 04 de  noviembre del 2013,  por lo que  el imputado fue puesto a disposición del Juez de Garantías, en donde el imputado  hizo uso de la  ampliación del término Constitucional de  144 horas, plazo en el cual  el imputado presento a  declarar  a  su favor  a  la madre  de  la menor,  y a otras dos personas más, quienes cayeron en contradicciones, de igual manera  contrainterrogaron a la víctima, quien se  retracto  de  su  declaración.

Al  vencer  el plazo  constitucional  el  Fiscal de  Pochutla  solicito se vinculara a  proceso  al imputado  y  pidió se le aplicara  la prisión preventiva,  basándose  en el riesgo de  fuga  que  existe  porque  el delito se  sanciona  con pena  de  5 a  10  años de prisión, argumentando además de que  el imputado representa un peligro para la  víctima, después  de escuchar  los  argumentos vertidos por las partes  la  Juez  de  Garantías  dicto  auto de  vinculación a  proceso  y ordeno la prisión preventiva  del imputado, concediéndose  un plazo de 4 meses para  el cierre  de  investigación.

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